Supresión del depósito de fianza en el alquiler
Decreto 48/2010, de 10 de junio, por el que se suprime el depósito de fianzas por arrendamientos y suministros en el Principado de Asturias.
La Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos deroga la citada norma y en su disposición adicional tercera deja a la discreción de las Comunidades Autónomas el establecimiento o no de la obligación de que los arrendadores de finca urbana depositen el importe de la fianza regulada en el artículo 36 de la citada Ley a disposición de la Administración autonómica o del ente público que se designe.
- Supresión de la obligación del depósito de fianzas en la Administración del Principado de Asturias.
- La Administración del Principado de Asturias no será depositaria de las cantidades que en concepto de fianza.
- Las fianzas depositadas se reintegrarán conforme los contratos se vayan extinguiendo.
La presente disposición entrará en vigor a partir de mañana, día 17 de junio de 2010.
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